Explican cómo funciona el proceso de expropiaciones con los mega proyectos para San Antonio

Compartir

El Puerto a Gran Escala, el nuevo trazado de la Ruta 78 y la carretera de la Fruta contemplan requisar terrenos privados para construir obras de interés público.

Expropiación. Es una de las palabras que más ha dejado escuchar durante los últimos años en la provincia de San Antonio.  Esto debido a los mega proyectos que tiene contemplado el Estado para la zona, en particular para los vecinos de la comuna puerto.

El Puerto a Gran Escala, la nueva Carretera de la Fruta y el nuevo trazado de la Ruta 78 son las obras en las que será necesario expropiar para construir estos proyectos del Ministerio de Obras Públicas (MOP).

Hace pocos días, precisamente, el alcalde de San Antonio, Omar Vera, se reunió con dirigentes vecinales de la comuna por el nuevo trazado de la Ruta 78. Tras la cita, Sergio Alarcón, presidente de la junta de Vecinos Barros, comentaba a nuestro medio que “nos preocupan las expropiaciones y la mala conexión entre el MOP y el Puerto”.

El ex fiscal de San Antonio, Álvaro Pérez, detalla que las expropiaciones “se encuentran en la Constitución Política, donde se reconoce como uno de los medios de limitación al dominio, ya sea por fines de utilidad pública o interés nacional”.

“La persona que se vea afectada por una expropiación deberá siempre ser indemnizada y podrá reclamar judicialmente respecto a la licitud del acto expropiado”, detalló.

Vecinos del sector de San Pedro se han manifestado en contra de las expropiaciones.

En el caso que se lleve a cabo una expropiación, el abogado del estudio jurídico Asesorías y Defensas Integrales (AyDi) explica que se requiere contar con el proyecto de lo que será la Obra Pública Concesionada.

 “Si el proyecto aprobado, el MOP notificará al dueño del terreno el total o la parte que se expropiará. Luego una comisión tasadores independientes visitará el predio para efectuar la tasación del área que se necesita expropiar”, agregó Pérez.

Luego esta comisión deberá elaborar un informe al MOP con el valor comercial del terreno y el de construcciones. Tras ello el Ministerio de Obras Públicas elaborará una oferta para el propietario del terreno. Si es aceptada por el dueño de la propiedad se procede a firmar un convenio para hacer el traspaso al fisco.

Pero, ¿si no hay acuerdo?

El abogado Sebastián Hernández, también del estudio jurídico AyDi explica que “si no hay acuerdo por la tasación u oferta que hace el MOP, esta expropiación se realiza vía judicial y son los tribunales los que fijan la indemnización final”.

“Mientras se desarrolla este proceso judicial, el juez puede ordenar que se pague al propietario expropiado la suma no disputada del monto de indemnización. Además, los tribunales pueden autorizar al MOP para que ingrese a terreno y ejecute las obras a pesar del procedimiento judicial en trámite”, añadió.

Si necesitas asesoría jurídica, no dudes en contactarte con Asesorías y Defensa Integrales, cuyas oficinas están ubicadas en  Barros Luco 1814, oficina Uno, o contactarlos al 35 2 213984, +56963508595 y +56999972626. Mail: alvaro.perez@aydi.cl o sebastian.hernandez@aydi.cl

Los dueños de casas que se encuentran a un costado del puente de Llolleo también se verán afectados con las expropiaciones.

Compartir